DECISION
Conforme a lo establecido con antelación, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: KARINA DEL VALLE MARQUEZ LAREZ, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.888.804, sobre las bienhechurías construidas en la platabanda de una casa propiedad de la ciudadana: OLGA MIJARES, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-3.609.541, ubicado en la Calle la Torre con Calle Ruiz Pineda, segundo tanque, Las Tunitas, Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas, Estado Vargas, ello dejando a salvo el derecho de terceros.