ste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos JOHAN ERICK MUÑOZ OCHOA y MADELAY MARGARITA MEDINA FUMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-16.726.561 y V-14.767.928, respectivamente, contraído por ante el 2do. Circuito de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Vargas, estado Vargas, en fecha 21/12/2005, asentada bajo el N° 46, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.-