DECISION
Conforme a lo establecido con antelación, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: JOSÉ LINO DE VIVEIROS CARVALHO y ANGELINA CANDIDA DA SILVA DE DE VIVEIROS, portugués y venezolana, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº E- 81.600.117 y V- 6.489.655, respectivamente, sobre las bienhechurías construidas en un inmueble de su propiedad, ubicado la vía Principal que va de Pariata a Maiquetía, frente al Hospital San José, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas.