Se declaró TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos MIGUEL MOISES PLAZ GIL E ISMELDA PASCUALA URBAEZ DE PLAZ, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de las cédulas de identidad números V-5.575.393 y V-7.214.972, respectivamente, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-0039-2015, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros