Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Del Tránsito de la de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: PABLO MANUEL FELIBERT GUIU y NIEVES YELITZA SEIJAS PELAYO, mayores de edad, venezolanos, el primero de este domicilio y la segunda Domiciliada en Caracas respectivamente y titulares de las cédulas de identidad números V-16.509.717 y V-15.506.286, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, contraído el día 25 de noviembre de 2010 por ante la Primera autoridad Civil del Municipio Vargas, estado Vargas.