DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con lo previsto en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos LILIA MARBIC PINO CENTENO y MARIO ANGEL FORSYTH, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.064.060 y V-6.176.646; respectivamente