SE DECLARA: CON LUGAR LA CUESTIÒN PREVIA OPUESTA REFERENTE A LA COSA JUZGADA prevista en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por la parte demandada en el presente juicio de DESALOJO, seguido por el ciudadano: JACINTO FERNANDES ROCHINHA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.780.842, contra la ciudadana: ELLY ANDREINA PICCOLLO, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 18.536.007. En consecuencia PRIMERO: Se declara desechada la demanda y extinguido el proceso; SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatorias en costas.-