sE Decreto MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien: "Un (1) inmueble constituido por un lote de terreno, ubicado con frente sobre la Avenida La Playa de la Urbanización Caribe, Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, Departamento Vargas del Distrito Federal, cuyos linderos, medidas y demás características constan en el respectivo Documento de Condominio protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Departamento Vargas del Distrito Federal el 7 de junio de 1983, bajo el N° 8, protocolo Primero, tomo 15. EL apartamento se encuentra ubicado en la Planta tercera del edificio y distinguido con el numero treinta y dos (No. 32), tiene una superficie aproximada de SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (62,00MTS), consta de las siguientes dependencias, estar-comedor, cocina, un (1) dormitorio, con cuarto de baño privado, un (1) cuarto de baño auxiliar y una (1) terraza cubierta y sus linderos son: NORTE: Fachada Norte del Edificio; SUR: Pasillo de ci.....