En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la pérdida de interés de la peticionante LILIA ENRIQUETA DELGADO NIEVES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.984.915; en la evacuación de su solicitud de Titulo Supletorio, y se ordena el archivo de la presente solicitud. Así se decide.