SE DICTA SENTENCIA MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185 -A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos CARMEN ZENOBIA TORRES y ALFREDO RAMÓN RUIZ ASCANIO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad y pasaporte números V-3.611.253 y V-5.098.711 respectivamente, contraído el matrimonio por ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia Maiquetía del Municipio Vargas, Estado Vargas, en fecha 20 de marzo del año 1991 según Acta Nro. 24 de los libros de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes