Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: NINYANT ANTNIN MORILLO y HECTOR JULIO DE PINHO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.325.854 y V-17.153.551, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, contraído el día 23 de Noviembre de 2012, por ante la Oficina de Registro Civil de de la Parroquia Carlos, Municipio Vargas, estado Vargas.