Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos YOVANNY RAFAEL GUERRA ROJAS Y BENJAMIN RAFAEL GUERRA ROJAS,, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédula de identidad N° V- 19.796.726 y 29.572.178 respectivamente con respecto a los causantes RAFAEL JOSE GUERRA Y EMPERATRIZ CAROLINA ROJAS DE GUERRA. Dejando a salvo el derecho de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.