En consecuencia, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la pérdida de interés de los peticionantes MERCEDES MAILUZ ARVELO RODRIGUEZ Y JOSÉ GREGORIO GARCÍA FUMERO; en la evacuación de su solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, y se ordena el archivo de la presente solicitud. Así se decide.