Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos MARIA AGUEDA CONSTANTINO DE MARTINEZ y AGOSTINO MARTINEZ DOS SANTOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-11.559.479 y 4.234.959, respectivamente, con respecto a su causante YEISSER AGUSTÍN MARTÍNEZ CONSTANTINO, ello dejando a salvo el derecho de terceros.