Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos JOSE AMENHOTEP VELASQUEZ BOLIVAR, ANTONIA BOLIVAR DE VELASQUEZ, IVES JOSE VELASQUEZ RODRIGUEZ, MARCO ANTONIO VELASQUEZ BOLIVAR, DEITYS JOSE VELASQUEZ RODRIGUEZ, JOSEFINA DE LA VIRGEN DEL VALLE VELASQUEZ RODRIGUEZ, AULIO JOSE VELASQUEZ RODRIGUEZ, DAULYS JOSE VELASQUEZ RODRIGUEZ y MARIAN JOSEFINA VELASQUEZ DE VILLARREAL, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.993.003, V-5.569.148, V- 5.336.458, V- 6.888.130, V- 6.469.169, V- 6.066.362, 5.336.565, V- 4.514.894 y V- 6.888.129 respectivamente, con respecto a su común causante MARCOS JOSE VELASQUEZ ALCALA, ello dejando a salvo el derec.....