Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano JUAN LUCIANO GARCIA RODRIGUEZ, español, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. E-949.405, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en el Barrio el Cardonal, calle atrás, Sector Perro Seco, casa Nro. 18, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas, sobre un terreno que no es propiedad municipal, cuya superficie suma en total 93,65 mts2 de terreno y 115,02 mts2 de construcción, y con los siguientes linderos descritos en su solicitud: NORTE: Con casa que es o fue de Asdrubal en (6,40mts); SUR: que es su frente en 2 segmentos de 3,20 mts y 1,35 mts, calle princi.....