Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos CARMEN DEL VALLE ROMERO DE FUENTES, OSCAR GUILLERMO FUENTES ROMERO, CARLOS JOSE FUENTES ROMERO, SABY MARCEL DEL VALLE FUENTES ROMERO y OSWALDO JOSE FUENTES FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 5.096.184, V- 14.312.277, V-16.310.144, V- 18.754.409 y V- 9.994.869 respetivamente. Dejando a salvo el derecho de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.