Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por el ciudadano LUIS ALFONSO DUN VARGAS, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicitó le fuese decretado a su favor TÍTULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías, constituidas por una casa de un nivel de altura, ubicada en: Quebrada de Cariaco, Sector el Guarataro, parte alta, casa S/N, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas, edificadas a sus solas y únicas expensas, sobre un espacio de terreno que no es de propiedad municipal, cuyos linderos, medidas y formas de construcción se encuentran especificados en la solicitud y en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nro. DCM-CEB-0596-2016, de fecha 28/11/2016, emanado de la Dirección de Catastro Municipal; vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas NO ES DE PROPIEDAD MUNICIPAL, por lo que habiendo constancia en autos del respectivo Cer.....