DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, de conformidad con el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto, por la ciudadana NEVIDA VARGAS, en su carácter de defensora pública segunda del ciudadano TEODORO LUÍS MARÍN MATA, titular de la cédula de identidad N° 9.995.955, en contra de la decisión dictada el 27 de marzo de 2017, por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en delitos de Violencia contra la Mujer del estado Vargas, por medio de la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libert.....