Se declaro parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la apoderada judicial de las partes acccionantes, se declara sin lugar la demanda interpuesta por la ciudadana FORTUNATA SILVA y con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano ERICSON SILVA; se condenó a la empresa demandada al pago de DOSCIENTOS VEINTE Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 223.386,88) por concepto de Prestaciones Sociales; Se revoca la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha veinticinco (25) de enero del año dos mil cinco (2005);Se condena a la parte demandada a la cancelación de los Intereses Moratorios; Se ordena la Indexación producida sobre dicha cantidad, Se condena a la empresa demandada al pago de los intereses sobre la prestaciones sociales; No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.