Este Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el profesional del derecho JOSÉ GREGORIO PADRINO BARBERI, en su carácter de representante judicial de la parte demandada.