Este Tribunal Superior, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha (22) de septiembre del año (2.005), por la profesional del derecho REBECA ALBARRACIN MARQUEZ, apoderada judicial de la parte accionante contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha (04) de agosto del año (2005). Se confirma la sentencia del Tribunal A-Quo, la cual declaró SIN LUGAR la presente demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por los ciudadanos CLAUDIA MARIA CORRO TINACO, MAIKEL FUENMAYOR, DEBBY EMILIO GARCÍA FIGUEROA y JOSE LUIS MANRIQUEZ, contra la empresa DISTRIBUIDORA MI CABAÑA 1.611, C.A. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la presente decisión.