Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la acción de Amparo Constitucional interpuesta, por los profesionales del derecho LIGIA ARANGUREN y MANUEL SALAS ARANGUREN, apoderados judiciales del ciudadano JOSE ARISTOBULO SALGADO