Este Tribunal Superior, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha seis (06) de junio del año Dos Mil Cinco (2.005), por el abogado MARCOS HUMBERTO HERNÁNDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha treinta (30) de Mayo del año Dos Mil Cinco (2.005), en la cual declaró la prescripción de la acción en el presente procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales intentada por el Ciudadano RICARDO EFRAÍN MADRIZ, en contra de la empresa TRABAJOS SUBMARINOS C.A. Se declara PRESCRITA la acción por Cobro de Prestaciones Sociales intentada por el Ciudadano RICARDO EFRAÍN MADRIZ.
Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha .....