Este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Motivado a los argumentos abundantemente explayados, se declara que no se Produjo el Despido argumentado por la actora de fecha 15/12/2.000, que dio inicio al presente juicio, y en consecuencia no existe despido alguno que calificar.