Visto que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil siete (2007), fue dictada sentencia por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, mediante la cual se declaró Parcialmente Con Lugar la acción intentada por la parte actora, y por cuanto la misma se encuentra definitivamente firme, se decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA.