Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de Primera instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara con lugar la demanda intentada por el ciudadano PEDRO JOSE MORALES en contra de la empresa TALLER MECANICO GURI, S. R. L.,