Este Tribunal ordena la reposición de la causa al estado de notificación de la empresa Internacional Marítima de Venezuela y de las empresas Fletes Marítimos S.A., Aduanera El Puerto C.A., Servicios Intermodal C.A., Consolidados Maraire C.A. y Gran Marítima Venezuela C.A., en la dirección señalada por la parte demandante, como dirección de la empresa Internacional Marítima C.A.