Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos de la Trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA. y ordenara el cierre y archivo del presente expediente al momento en que la extrabajadora reciba conforme los dos pagos adeudados, acordados así en este acto. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.