Visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos de la Trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA. Siendo así, este Tribunal ordenará el cierre y archivo del presente expediente al momento de cumplir la demandada con el pago acordado en este acto, y la parte demandante manifieste su conformidad. Asimismo se devolvió en este acto a las partes las pruebas por ellos consignadas.