Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS POR LAS PARTES, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, por lo que declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente