Vista la diligencia consignada en el día de hoy a las once y diecisiete minutos (11:17 a.m.); por el ciudadano FERSEN JOSE MENDOZA LOZADA parte actora, asistido por la Procuradora de Trabajadores del Estado Vargas CRISBEL QUIJADA inscrita en el INPREABOGADO bajo el número: 81.221, donde desiste del procedimiento y de la acción, por cuanto la empresa le canceló sus Prestaciones Sociales. Siendo así, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO,