Vista la diligencia presentada por la profesional del derecho GERALDINE DELIMA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 144.422, representante judicial de la empresa "INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A.", mediante la cual DESISTE de la presente oferta real de pago, y solicita a este Juzgado, que deje sin efecto la notificación de la parte oferida, así como la apertura de la cuenta de ahorros a nombre del mismo; en consecuencia, este Juzgado de conformidad con lo previsto en el numero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su Reglamento, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Asimismo, visto que.....