Iniciada la audiencia, la representación judicial de la demandada, propone a la parte actora llegar a aun arreglo o acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: La parte actora, ofrece pagar la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES (11.000,00 BsF), como cantidad única a los efectos de dar por terminado el presente procedimiento. Dicho pago comprende todos los conceptos demandados por la parte actora, esto es: Prestación de Antigüedad articulo 108 LOT; Intereses sobre Prestaciones Sociales; Vacaciones no disfrutadas; Vacaciones Fraccionadas; Bono Vacacional Fraccionado; Utilidades Fraccionadas, domingos y días feriados; diferencias de utilidades. SEGUNDO: Dichos montos serán pagados por la empresa mediante cheque emitido a favor del trabajador, para ser entregado al mismo en fecha tres (03) de mayo de 2.012, por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral. TERCERO: La apoderada judicial de la parte actora, con plenas facultades para ello, manifiesta estar satisfecha con el presente acuer.....