DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la prescripción de la acción alegada por la profesional del derecho MARÍA INÉS HERNÁNDEZ en su carácter de apoderada judicial de la entidad de trabajo demandada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos intentada por el ciudadano JOSÉ LUIS CONTRERAS, en contra de la entidad de Trabajo CORPORACIÓN ADUANERA PÉREZ PONTE, C.A., en consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar la cantidad de cincuenta y un mil ochocientos veintiséis bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bs.51.826,88) correspondiente al ciudadano antes identificado.
TERCERO: Se acuerda el pago de la corrección monetaria e intereses moratorios, .....