este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano: Víctor Alirio Álvarez León, venezolano, mayor de edad, jurídicamente hábil, aquí de tránsito y titular de la cédula de identidad número: V-11.612.365; contra su patrono, la Sociedad Mercantil, "CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L.".