Se declaró CON LUGAR la presente demanda y no hubo condenatoria en Costas de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional, concatenado con los artículos 63 y 74 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.