Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas (Actuando en sede Constitucional), Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE, para el conocer de la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano JESUS EDINSON VELAZQUEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-17.922.083. venezolano, mayor de edad, de Profesión Abogado e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 263.251, de conformidad con el único aparte del artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: Se ordena remitir la presente causa a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese Oficio.