este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR La Falta de Facultad de la Parte Actora para Demandar a la C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS. Opuesta por la codemandada, C.A. La Electricidad de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR La Falta de Cualidad Pasiva, opuesta por la Codemandada, C.A. La Electricidad de Caracas. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano ALCIDES RAMIREZ URBAEZ, antes identificado, contra las empresas "SOCIEDAD INDUSTRIAL DE MANTENIMIENTO SIMACA, C.A." y la C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS, ambas antes identificadas. Se condena a la "SOCIEDAD INDUSTRIAL DE MANTENIMIENTO SIMACA, C.A.