DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. Se declara competente para conocer del recurso contencioso administrativo de anulación.
2. Declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en contra de la providencia administrativa signada con el numero 036-2014-01-01106, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, en fecha 29-05-2015, notificada en fecha 03-08-2015 en la que se declaró SIN LUGAR la solicitud de REENGANCHE del Trabajador JULIO CESAR MERIDA .
Notifíquese a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS y al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, remitiéndole copia certificada de la presente decisión. A partir del día hábil siguiente, a la constancia en autos que deje el alguaci.....