Este Tribunal, vistos los términos en que han sido propuestas las señaladas Transacciones y por cuanto las mismas cumplen con los extremos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de dicha Ley. Procede en este acto a impartirles la correspondiente HOMOLOGACION a cada una de dichas Transacciones, las declara definitivamente firmes y con efecto de Cosa Juzgada.-