DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el presente recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ALEJANDRO ABRAHAM MORANTES, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el número 303.138, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia emanada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado la Guaira. SEGUNDO: CON LUGAR, el Recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE JOAQUIN BRITO, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el número 50.108, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia emanada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado la Guaira TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha cuatro (04) de junio del año dos mil veinticinco (2025) y de igual manera las actuaciones realizadas desde la fecha de admisión de la demanda hasta la presente fecha. CUARTO: se declara la REPOSICIÓN de a causa al estado de notificación de la parte accionada, por consecuencia se remite al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado la Guaira. QUINTO: dada la naturaleza del fallo NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los cinco (05) días del mes de agosto de 2025. Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
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ABG. SIUL ABRAHAM MEGRES VIZCAYA.
JUEZ SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA
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APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE
ACCIONANTE APELANTE
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APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE
ACCIONADA APELANTE
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ABG. ANALIA LIZARRAGA B.
LA SECRETARIA
SAMV/ALB.
Asunto Principal WP11-L-2024-000022.
Asunto: WP11-R-2025-000043
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