REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DELCIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DEL ESTADO LA GUAIRA
Maiquetía, viernes diez (10) de abril de dos mil veintiséis (2026)
215º y 167º
ASUNTO: WP11-L-2024-000166
PARTES DEMANDANTES: EDECIO JOSE FUENTES RENGEL, RINGO ECHARRY Y JEAN ISARAEL PIMENTEL VILLASMIL, titulares de las cédulas de Identidad NROS V-12.864.381, V-16.106.994, V- 13.673.972 y V- 16.508.471, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE: YOJAMARA BECERRA VARGAS Y JOSE LINO BENAVIDES LARES, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 314.354 y 37.329 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Entidad de trabajo CERVECERIA POLAR, C.A. Inscrita en el Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 14 de marzo de 1941, N° 323, Tomo 1, Expediente 799, Registro de Información Fiscal N° J-00006372-9.
APODERADO JUDICIAL DE LAS PARTE DEMANDADA: GONZALO ANTONIO PONTE-DAVILA STOLK, YOURMAN SIMON MONSALVE ALBORNOZ Y TATIANA DE LAS NIEVES MOLINA FERMIN, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 66.371, 104.372, Y 107.204, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, viernes diez (10) de abril del año dos mil veintiséis (2026), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente asunto; se deja constancia que anunciado el acto previa las formalidades Ley, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, entidad de Trabajo CERVECERIA POLAR, C.A, en representación del profesional del derecho GONZALO ANTONIO PONTE-DAVILA STOLK, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 66.371, en su carácter de apoderado de la parte accionada, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo opera la consecuencia jurídica allí establecida y se declara DESISTIDA la presente audiencia, en virtud de la incomparecencia de los ciudadanos: EDECIO JOSE FUENTES RENGEL, RINGO ECHARRY Y JEAN ISARAEL PIMENTEL VILLASMIL, titulares de las cédulas de Identidad NROS V-12.864.381, V-16.106.994, V- 13.673.972 y V- 16.508.471, respectivamente ni por sí, ni por medio de apoderada legal alguno. Contra la presente decisión podrá la parte accionante ejercer los recursos que considere pertinente conforme la norma supra citada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

Abg. MARIANA Del V. GONZALEZ R.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

Abg. YENILDRE OROPEZA