REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DELCIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, viernes veinte (20) de marzo de dos mil veintiséis (2026)
215º y 167º
ASUNTO: WP11-L-2026-000030
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
PARTES DEMANDANTE: LUZ MARIA FRANCISCO, titular de la cédula de identidad Nro. 23.234.809.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE: MARIA ELENA ADOCHILES BARRETO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 263.296.
PARTE ACCIONADA: RESTAURANT EL PEZ DORADO 2.013 C.A. inscrito en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-40349815-6.
PARTE DEMANDADA: SUAREZ YANETH DEL VALLE, titular de la cédula de identidad N° 6.484.582, vicepresidente de la entidad de Trabajo RESTAURANT EL PEZ DORADO 2.013 C.A. inscrito en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-40349815-6, debidamente asistida por el profesional del derecho Abogado EDUARDO ANTONI MEJIAS LOCANTORE, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 77.992.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Visto que en fecha diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiséis (2026), oportunidad fijada para la Audiencia Preliminar Primigenia, mediante la cual se dejó constancia que compareció únicamente la ciudadana SUAREZ YANETH DEL VALLE, titular de la cédula de identidad N° 6.484.582 quien funge como vicepresidenta de la entidad de trabajo “RESTAURANT EL PEZ DORADO 2.013 C. A”, asistida por el profesional del derecho EDUARDO ANTONIO MEJIAS LOCANTORE inscrito en el IPSA bajo el N° 77.992. Asimismo, se dejó constancia de la incomparecencia de la ciudadana LUZ MARIA FRANCISCO, titular de la cédula de identidad N° 23.234.809, ni por si medio de apoderado legal| alguno es por lo que se declaró el DESESTIMIENTO DE LA ACCION de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira le da carácter de cosa juzgada. Se declara terminado el procedimiento, y una vez transcurra el lapso correspondiente para ejercer los recursos que consideren pertinente, se ORDENA el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ
Abg. GREISY NAZARETT GONZALEZ GIL
LA SECRETARIA
Abg. TRIANA VIVAS
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