DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES ACCIDENTAL EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITEN los recursos de apelación interpuestos separadamente: el primero por el ciudadano Abg. José Gregorio Vivas Ramírez, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos LUIS ALFONZO RIVAS SANDOVAL, ALFONZO JAVIER LARES BLANCO, HAROLD RAFAEL ALZOLAR RODRÍGUEZ y ANDRÉS JESÚS GUZMAN MARÍN, titulares de las cédulas de identidad N° V.-20.560.403, N° V.-27.904.697, N° V.-28.458.573, y N° V.-29.911.403, respectivamente; y el segundo por el ciudadano Abg. Luis Reinosa Lugo, en su carácter de Defensor Público Primero (1°) Po.....