En el día hábil de hoy, viernes quince (15) de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Celebración de la de Audiencia Preliminar, en el presente asunto; se deja constancia de la Incomparecencia de la parte actora, es decir, el Ciudadano LUIS ALEXIS RODRIGUEZ, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, se deja constancia de la Incompetencia de la parte demandada, es decir, LASER AIRLINES, C.A ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación; Mediación y Ejecución de Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO. Es todo, se Leyó y conforme firman.