JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: CON LUGAR la apelación propuesta en fecha veinticinco (25) de septiembre de 2013, por el ciudadano Jesús David Pérez Morales contra el auto proferido por el a quo el día trece (13) de junio de 2013. SEGUNDO: SE ANULA el auto de fecha trece (13) de junio de 2013 solo en lo concerniente a cumplir con el procedimiento previsto en el artículo 5 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.TERCERO: SE ORDENA al a quo a que proceda con la entrega material del lote denominado TERCERO, con el inmueble construido sobre el mismo de la forma como se refirió en la motiva del presente fallo. CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del litigio.Queda así REVOCADO parcialmente el auto apelado.