éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos YOSMARA MARGARITA MERLO DE LASTRETO Y YONY OSWALDO LASTRETO DELGADO, venezolanos, mayores de edad y titular de la cédula de Identidad Nros V-6.479.980 y V-4.562.067 sobre las bienhechurías descritas en el informe de inspección N° DPPCUC-CTM-157-2022, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.