DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- , residenciado en Paraíso azul, sector vista al Mar , vía arrecife, casa s/n, parroquia Catia La Mar, Estado vargas, de conformidad con lo establecido en los artículos 262 numeral 3° y 250 ambos del código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para asegurar que el precitado joven no evadirá el proceso y así asegurar su presencia a la Audiencia para Oír al Imputado y las demás etapas del proceso, por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas. Librese la respectivas Boletas de captura.