Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano FREDDY DAVID MARTINEZ, titular de la cédula de identidad V- 10.582.299, de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 29/12/1971, de 38 años de edad, hijo de Freddy Valencia (V) y de Silvia Mercedes Martínez (V), de estado civil soltero, de profesión u oficio Bombero, residenciado en: Calle Real de Montesano, sector La Pedrera, casa blanca s/n, cerca del Kiosco de Hamburguesas Valdemar, Parroquia Carlos Soublette, estado Vargas, estado Vargas, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 4 numeral 1 en relac.....